LOS ORGANISMOS GARANTES COMO GENERADORES DE TRANSPARENCIA
Por David A. Figueroa Hernández*
La transparencia, el acceso a la información y la rendición de cuentas son temas que propiciaron un impulso en la administración pública a todos sus niveles. Actualmente, estos conceptos son conocidos y mencionados por muchos ciudadanos en el quehacer cotidiano de sus actividades y eso sin duda, demuestra el alcance de los nuevos tiempos que vivimos.
No obstante, existen todavía muchos portales y áreas que merecen ser actualizados de manera permanente; por un lado, los sujetos obligados por ley, deben hacerlo; por otro, los organismos garantes no solo deben ser vigilantes de que los sujetos obligados transparenten su información sino que también deben difundir sus propias actividades realizadas en torno a una cultura en las disciplinas que la ley les confiere.
De acuerdo con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la Sección Primera. De los principios rectores de los Organismos garantes, artículo 8, dichos organismos deberán regir su funcionamiento de acuerdo a los siguientes principios:
I. Certeza: Principio que otorga seguridad y certidumbre jurídica a los particulares, en virtud de que permite conocer si las acciones de los Organismos garantes son apegadas a derecho y garantiza que los procedimientos sean completamente verificables, fidedignos y confiables;
II. Eficacia: Obligación de los Organismos garantes para tutelar, de manera efectiva, el derecho de acceso a la información;
III. Imparcialidad: Cualidad que deben tener los Organismos garantes respecto de sus actuaciones de ser ajenos o extraños a los intereses de las partes en controversia y resolver sin favorecer indebidamente a ninguna de ellas;
IV. Independencia: Cualidad que deben tener los Organismos garantes para actuar sin supeditarse a interés, autoridad o persona alguna;
V. Legalidad: Obligación de los Organismos garantes de ajustar su actuación, que funde y motive sus resoluciones y actos en las normas aplicables;
VI. Máxima Publicidad: Toda la información en posesión de los sujetos obligados será pública, completa, oportuna y accesible, sujeta a un claro régimen de excepciones que deberán estar definidas y ser además legítimas y estrictamente necesarias en una sociedad democrática;
VII. Objetividad: Obligación de los Organismos garantes de ajustar su actuación a los presupuestos de ley que deben ser aplicados al analizar el caso en concreto y resolver todos los hechos, prescindiendo de las consideraciones y criterios personales;
VIII. Profesionalismo: Los Servidores Públicos que laboren en los Organismos garantes deberán sujetar su actuación a conocimientos técnicos, teóricos y metodológicos que garanticen un desempeño eficiente y eficaz en el ejercicio de la función pública que tienen encomendada, y
IX. Transparencia: Obligación de los Organismos garantes de dar publicidad a las deliberaciones y actos relacionados con sus atribuciones, así como dar acceso a la información que generen.
Amparados en la última fracción, es decir, la IX alusiva a la Transparencia de dichos principios rectores, es importante que cada organismo garante mantenga actualizada su información. En este sentido, cada uno de los 33 portales (INAI como organismo federal y las 32 entidades federativas), contienen información relevante alusiva a su respectivo estado, y si bien los portales son diferentes en su página de inicio, cada uno de ellos debe contener uniformidad en la información, es decir, las exigencias y responsabilidades que la propia ley les impone para asegurar el acceso a la información, la transparencia, la protección de datos personales y la rendición de cuentas tanto de los sujetos obligados como de ellos mismos como organismos garantes.
Derivado de lo anterior, resulta imprescindible que absolutamente todos los portales de los organismos garantes no solamente publiquen y mantengan información de los eventos que realizan, sino que mantengan actualizados su portales ya que algunos de ellos, como el caso del Infodf (en un cintillo al final de la página), perteneciente a la Ciudad de México, contiene información a manera de memorias, diplomados, concursos, seminarios de los años 2015 y 2016 así como un calendario 2016 pero no se ha actualizado la información al año en curso de los mismos eventos alusivos ni del calendario.
Sabemos que los organismos garantes deben mantener otros rubros que resultan de mayor relevancia para la ciudadanía como son: noticias relevantes y actuales, normatividad, cómo solicitar información pública, presentar una numeralia en torno a las solicitudes de Acceso a la Información Pública así como derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación, oposición), cómo proteger los Datos Personales, actividades y servicios, entre otros. No obstante, también consideramos que resulta imprescindible que la información generada en el año en curso ya descrita en el párrafo anterior, también es importante para la ciudadanía, o al menos para un sector de ella.
No resulta pecata minuta omitir información que pareciera trivial, al contrario, hay que ser una caja de cristal y que la ciudadanía evalúe y genere sus propios criterios de la información que requiere y necesita.
Por ello, es importante que los organismos garantes continúen por el camino correcto y se consoliden como ejemplos para los sujetos obligados; es tarea de todos como ciudadanos, exigirles transparentar todas las acciones realizadas año con año, mes con mes y día con día, sólo así, sabremos que el presupuesto público que ellos utilizan, estará bien utilizado.
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